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Carta porte 3.0: Ahora es obligatoria en México

1 de abril de 2024 6:00:00 CST

Tras concluir el último periodo de prórroga entre versiones, a partir de este 1 de abril es obligatorio para todas las operaciones de traslado de mercancia el complemento carta porte 3.0 de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

Warehouse worker and manager looking at laptop in a large warehouse

¿Qué es el complemento carta porte?

Según la agencia Reuters, el complemento carta porte - simplemente conocido como "carta porte" - es un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para las operaciones de transporte de mercancías que se realizan dentro de la República Mexicana.

Su objetivo es dar certeza a los traslados, incluyendo detalles sobre la descripción del objeto, origen, puntos intermedios y destinos, además del medio por el cual se transporta. También se busca combatir el contrabando, prever posibles riesgos en el traslado y potenciar el desarrollo del comercio. 

Cambios en la nueva versión de la carta porte

Si bien la Carta Porte está contemplada por el SAT desde 2022, al ser un documento de reciente creación, el organismo ha encontrado áreas de mejoras que implementó para la nueva versión. Entre ellas se encuentran:

  • Se incorpora el campo idCCP (Identificación generada por el emisor del comprobante)
  • Se incluye el campo de Régimen Aduanero.

  • Se adicionan diversos espacios relacionados con el traslado de medicamentos y químicos precursores controlados por la COFEPRIS.
  • Se ajustan campos de identificación del transportista y se agregan varios relacionados con el peso del vehículo y al cuidado medioambiental.
  • Se obliga a incluir un QR con toda la información del complemento

La lista completa de cambios se puede revisar aquí. 

¿Quiénes son obligados a realizar cartas porte?

Una investigación de la consultora de empresas PwC menciona que la regulación establece que los transportistas en general, los intermediarios logísticos y los propietarios de mercancías que se deben trasladar (estas deben emitir un CFDI tipo traslado, pues no implica ingreso alguno)

De igual forma, en el portal del SAT se explica que están exentos de emitir este comprobante fiscal las motocicletas, los automóviles y las camionetas chicas; en el caso de las últimas dos, siempre que su traslado sea menor a 30km en carreteras federales.  

Multas y cómo evitarlas

La miscelánea fiscal 2024 explica que se aplicarán las siguientes multas por no emitir una carta porte válida:

  1. De 400 a 600 pesos por CFDI sin complemento carta porte.
  2. De 760 a 14,710 pesos por no presentar la carta porte ante la autoridad
  3. De 1,700 a 3,380 pesos en caso de presentar una carta porte con información de personas físicas.
  4. De 880 a 17,030 pesos por no tener la documentación en orden
  5. De 19,700 a 112,650 por reincidir en alguna de las faltas anteriores

La manera más sencilla de mantener tu situación en orden es realizar las cartas porte a través del micrositio del portal del SAT, donde se pueden hacer una por una, aunque si la empresa realiza una cantidad considerable de operaciones diarias podría resultar un proceso poco eficiente.

Otra posibilidad es contar con un software especializado o un complemento de localización para ERP el cual agregue la carta porte con el llenado correcto de manera automatizada. En el caso de NetSuite, una opción a considerar es la Mx+ de Tekiio, la cual como parte de su suite de soluciones fiscales para empresas incluye un generador de cartas porte en conformidad con la normativa vigente del SAT, mismo que recibe dos actualizaciones por año. 

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